Artículo: ¿Retorno a la patria?

¿Retorno a la patria? Mexicanos retornados o apátridas de facto en México

Ichan Tecolotl, CIESAS, 26 (304):17-18.

Pablo Mateos

La constitución Mexicana reconoce como nacionales mexicanos a los nacidos en México, a los hijos de éstos nacidos en el extranjero, y a aquellos extranjeros que se naturalicen por residencia en México. Además, desde 1996 se establece el principio de “no pérdida” de la nacionalidad mexicana por nacimiento, permitiéndose de facto la “doble nacionalidad” para los mexicanos en el exterior y sus descendientes. Sin embargo, esta concepción expansiva de la nacionalidad mexicana nunca fue concebida para el retorno masivo a México.

En los últimos siete años ha tenido lugar un “retorno” masivo de personas y hogares desde E.U. hacia México, debido al gran volumen de deportaciones y el retorno voluntario por la crisis económica en E.U. y una mayor estabilidad económico-demográfica en México. Entre 2005 y 2010 1,390,000 personas migraron de E.U. a México (INEGI, 2011). Además, en 2011 vivían en México más de medio millón de menores de 16 años nacidos en E.U. (INEGI 2011). Estas cifras denotan la magnitud del “gran retorno mexicano” acaecido durante la ultima década.

Las políticas de re-integración hacia los migrantes mexicanos retornados asumen que, al menos en términos administrativos, su re-integración en México no ha de ser problemática. Sin embargo, una vez en México éstos se enfrentan a un aparato burocrático de trabas legales y administrativas pensadas para el residente continuo y nativo. Dichas trabas impiden su acceso a la ciudadanía mexicana efectiva hasta el punto de enfrentar una situación de apatrídia de facto en México.

Los entrevistados para el proyecto de investigación “Ciudadanía múltiple México- Estados Unidos; estrategias familiares y migración de retorno” (CONACYT- 214542), denuncian que la principal barrera para su (re)integración en México son dichas trabas burocráticas.  Por falta de espacio nos centraremos aquí en la cuestión de la identidad, pero ésta debe leerse como un “derecho-llave” que abre las puertas a los demás derechos de la ciudadanía en México; acceso a educación, salud, vivienda, mercado laboral, sistema financiero, y ayudas de política social.

El acceso a la identidad mexicana se genera invariablemente a partir de un acta de nacimiento “mexicana”. En el momento del retorno o al tener hijos en E.U., muchos mexicanos nacidos en México descubren que no cuentan con dicho acta, bien porque sus padres nunca registraron su nacimiento en México o porque no conocen de manera certera dónde o cuándo nacieron. En otros casos sí existe un acta, pero ésta presenta “errores” que la invalidan. Los requerimientos burocráticos mexicanos y el exceso de celo del personal de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) hace que cuestiones aparentemente secundarias como la presencia y el orden de los dos apellidos de los padres o abuelos, la presencia de nombres intermedios o un error en una letra invaliden cualquier esfuerzo para hacer efectivo el registro como ciudadano mexicano, o de sus hijos nacidos en E.U.. Estos tediosos trámites, exasperan a todos los entrevistados en nuestro proyecto.

Hazte mexicano

Foto: Póster promocional de la campaña de inscripción de doble nacionalidad del Ayuntamiento de Tijuana. Autor: Pablo Mateos

José nació en Los Ángeles en 1991, sus padres le intentaron registrar como mexicano en el consulado de Los Ángeles, pero, según él, les pusieron tantas trabas administrativas tras largos meses de proceso, que finalmente se les hizo mucho más fácil registrarle como nacido en México al regresar a Guadalajara. Esta situación anómala, que se conoce como “un doble registro”, genera dos países de nacimiento y dos cadenas paralelas de documentación para toda la vida.

Realmente, lo que deberían haber hecho los padres de José una vez en México, es inscribir dicho nacimiento en el extranjero mediante un complicado y costoso proceso de legalización (“apostilla”) y traducción oficial del acta. Hoy en día este proceso llega a costar unos $4,000 pesos por persona (Jacobo y Landa, 2015), algo inalcanzable para familias humildes y con varios hijos.

No obstante, existe un creciente interés en regularizar esta situación anómala. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Tijuana en 2014 realizó 2,145 registros de “doble ciudadanía” gracias a una campaña de comunicación y un descuento en las tasas (ver Foto 1): “No les de miedo cancelar esa acta mexicana apócrifa, no continúen con la mentira.” (entrevista con la Directora de Registro Civil de Tijuana)

La casuística al respecto es enorme y compleja y los casos mencionados constituyen solamente la “punta del iceberg” de un kafkiano sistema de identidad mexicano que parece pretender excluir a los extranjeros y los no-residentes, pero indirectamente también a los indígenas, a la población rural y a los desposeídos en general. A esta lista de cuasi-ciudadanos se añaden a ahora los migrantes retornados y sus familias. Mientras que la doble nacionalidad se anunció en los 90 a bombo y platillo pensando en los mexicanos en el exterior, el retorno masivo acaecido en la última década ha puesto en entredicho el ejercicio real de los derechos de ciudadanía en México. Estos solamente los pueden disfrutar aquellos que son capaces de convertir su derecho constitucional en un acta de nacimiento mexicano, un número CURP, y una credencial del INE o un pasaporte. Los demás, permanecerán inexorablemente como apátridas en su propio país.

Referencias

Jacobo, Mónica y Landa, Nancy (2015) La exclusión de los niños que retornan a México, Nexos, Ciudad de México, 1 de Agosto

INEGI (2011), Censo de Población y Vivienda 2010, Aguascalientes

Para citar este artículo: Mateos, Pablo (2015) ¿Retorno a la patria? Mexicanos retornados o apátridas de facto en México Ichan Tecolotl 26 (304):17-18. Consulta en línea

Para descargar este artículo en PDF, aquí